Abril de 2026 es un mes con alta exigencia en materia tributaria en Colombia
En este periodo se concentran múltiples declaraciones y pagos que requieren organización, claridad en la información y cumplimiento estricto de los plazos establecidos por la DIAN.
Para empresas y contribuyentes, este mes representa un punto clave en la gestión fiscal del año. Desde la declaración de renta de grandes contribuyentes hasta la presentación de información exógena y el envío de nómina electrónica, cada obligación tiene fechas específicas que no deben pasarse por alto si se quiere evitar sanciones.
Declaración de renta para grandes contribuyentes: fechas y obligaciones
Durante abril de 2026, los grandes contribuyentes deben presentar la declaración del impuesto sobre la renta y complementario correspondiente al año gravable 2025, junto con el pago de la segunda cuota.
El calendario de vencimientos está organizado según el último dígito del Número de Identificación Tributaria (NIT), entre el 13 y el 27 de abril. Las fechas son:
- 13 de abril: NIT terminado en 1
- 14 de abril: NIT terminado en 2
- 15 de abril: NIT terminado en 3
- 16 de abril: NIT terminado en 4
- 20 de abril: NIT terminado en 5
- 21 de abril: NIT terminado en 6
- 22 de abril: NIT terminado en 7
- 23 de abril: NIT terminado en 8
- 24 de abril: NIT terminado en 9
- 27 de abril: NIT terminado en 0
Además, entidades aseguradoras y reaseguradoras, sociedades comisionistas de bolsa de valores, sociedades comisionistas agropecuarias; bolsas de bienes y productos agropecuarios, agroindustriales o de otros commodities; y proveedores de infraestructura del mercado de valores que tengan la calidad de gran contribuyente y que en el año 2025 hayan tenido una renta gravable igual o superior a 120.000 UVT ($ 5.975.880.000), deben liquidar el anticipo y pagar la primera cuota de los puntos adicionales al impuesto sobre la renta y complementarios. El plazo depende del último dígito del Número de Identificación Tributaria (NIT).
En términos más simples, se trata de un pago anticipado adicional del impuesto. La DIAN les exige ir abonando ese valor por adelantado, en lugar de esperar a pagarlo completo más adelante, lo que permite distribuir mejor la carga tributaria y asegurar el cumplimiento de esta obligación.
Declaración de activos en el exterior
Los grandes contribuyentes que al 1 de enero de 2026 posean activos en el exterior superiores a 2.000 UVT deben presentar la declaración anual de estos activos.
Este reporte se presenta en las mismas fechas de la declaración de renta anteriormente mencionadas y permite a la DIAN verificar la correcta inclusión de bienes en el exterior dentro de la base gravable del contribuyente.
Retención en la fuente de marzo de 2026
En abril también se debe presentar la declaración de retención en la fuente correspondiente al mes de marzo de 2026. Esta obligación aplica a los agentes de retención de renta, IVA y timbre.
Las fechas coinciden con el calendario de renta, entre el 13 y el 27 de abril, según el último dígito del NIT. En este proceso, además de declarar, se deben pagar las retenciones y autorretenciones practicadas.
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Declaraciones por presencia significativa y PES
Hasta el 23 de abril, las personas no residentes o entidades no domiciliadas en Colombia que cuenten con Presencia Económica Significativa (PES) y elijan declarar y pagar el impuesto sobre la renta y complementarios, deben utilizar el formulario 115. Este plazo se aplica independientemente del Número de Identificación Tributaria (NIT) del contribuyente.
De igual forma, las personas no residentes o entidades no domiciliadas que tengan Presencia Económica Significativa (PES) en Colombia y opten por declarar renta deben presentar y pagar el impuesto mediante el formulario 115 hasta esa misma fecha.
Estas medidas buscan garantizar que los ingresos generados en el país sean correctamente gravados, incluso cuando no existe domicilio fiscal en Colombia.
Inicio de vencimientos de información exógena
Abril marca el inicio de los vencimientos para la presentación de la información exógena tributaria del año gravable 2025 para grandes contribuyentes.
Las primeras fechas son:
- 28 de abril: NIT terminado en 1
- 29 de abril: NIT terminado en 2
Este reporte es fundamental para la DIAN, ya que permite realizar cruces de información y verificar la consistencia de los datos reportados por los contribuyentes.
Declaración anual del Régimen Simple de Tributación
Los contribuyentes inscritos en el Régimen Simple de Tributación deben presentar la declaración anual consolidada entre el 20 y el 24 de abril de 2026.
Las fechas dependen de los dos últimos dígitos del NIT:
- 20 de abril: NIT terminados en 1 y 2
- 21 de abril: NIT terminados en 3 y 4
- 22 de abril: NIT terminados en 5 y 6
- 23 de abril: NIT terminados en 7 y 8
- 24 de abril: NIT terminados en 9 y 0
Esta declaración se presenta mediante el formulario 260 y resume las obligaciones del año gravable anterior bajo este régimen.
Envío de nómina electrónica de marzo de 2026
El envío de la nómina electrónica correspondiente a marzo de 2026 debe realizarse dentro de los primeros 10 días hábiles de abril. Para este periodo, la fecha máxima es el 16 de abril.
Este documento es obligatorio para los empleadores y contiene el detalle de los pagos laborales realizados. Su cumplimiento es clave para la deducibilidad de costos y para evitar sanciones.
Recomendaciones para cumplir a tiempo con la DIAN
Cumplir con las obligaciones fiscales de abril de 2026 requiere planificación y control. Una de las mejores prácticas es organizar un calendario tributario que incluya todas las fechas relevantes según el NIT del contribuyente.
También es importante mantener la información contable actualizada. Esto facilita la preparación de declaraciones, reduce errores y permite cumplir con los plazos sin contratiempos.
El uso de herramientas tecnológicas puede ser un aliado clave en este proceso. Automatizar tareas como la generación de reportes, el cálculo de impuestos o el envío de documentos electrónicos permite optimizar tiempos y minimizar riesgos.
Abril es un mes que exige orden y seguimiento constante. Tener claridad sobre cada obligación y anticiparse a los vencimientos es la mejor estrategia para cumplir a tiempo con la DIAN y evitar sanciones innecesarias.
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