Cómo liquidar cesantías, primas y vacaciones en Colombia 2025: fórmulas y ejemplos

En Colombia, los derechos laborales como cesantías, prima de servicios y vacaciones son beneficios esenciales que deben reconocerse a todo trabajador con contrato laboral. Estos pagos no dependen de la rentabilidad de la empresa. Están respaldados por la ley.

Conocer cómo se liquidan, qué fórmulas se aplican y en qué fechas se pagan permite a empleadores cumplir con sus obligaciones y a trabajadores entender cuánto les corresponde. En esta guía explicaremos cada una de estas prestaciones, con ejemplos prácticos actualizados al salario mínimo de 2025.

Cesantías en Colombia: qué son y cómo calcularlas en 2025

El auxilio de cesantías es un ahorro obligatorio que se constituye para respaldar al trabajador cuando finaliza su contrato o en ciertos casos definidos por la ley. Es una prestación social que está regulada en el artículo 249 del Código Sustantivo del Trabajo (Todo empleador está obligado a pagar a sus trabajadores, y a las demás personas que se indican en este Capítulo, al terminar el contrato de trabajo, como auxilio de cesantía, un mes de salario por cada año de servicios y proporcionalmente por fracción de año). Aunque se provisiona de manera periódica, debe liquidarse de forma definitiva en fechas o circunstancias específicas.

Intereses de cesantías en Colombia: definición y plazos de pago

Además del auxilio de cesantías, los trabajadores con contrato laboral, sea a término fijo o indefinido, tienen derecho a recibir los intereses de cesantías. Este beneficio corresponde a un pago adicional que realiza el empleador directamente al trabajador, calculado con una tasa del 12% anual o de manera proporcional al tiempo efectivamente laborado.

La fórmula es sencilla: Cesantías x Días trabajados x 0,12 ÷ 360.

Estos intereses deben pagarse a más tardar el 31 de enero del año siguiente o en la fecha de liquidación del contrato si la relación laboral finaliza antes.

¿Cuándo se liquidan las cesantías?

Las cesantías deben liquidarse en tres escenarios principales:

  • Al terminar el contrato de trabajo.
  • Cuando el trabajador pasa a devengar un salario integral.
  • Cada año con corte al 31 de diciembre.

En el primer y segundo caso, el pago se hace directamente al trabajador. En el tercero, el empleador debe consignar el valor correspondiente al fondo de cesantías del empleado a más tardar el 14 de febrero del año siguiente.

Fórmula de liquidación de cesantías

La fórmula oficial es:

Cesantías = (Salario base x Días trabajados) / 360

El salario base incluye el salario mensual y, cuando aplica, el auxilio de transporte.

Ejemplo con el salario mínimo en 2025

Para el año 2025, el salario mínimo es de $1.423.500 y el auxilio de transporte es de $200.000.

  • Si un trabajador laboró todo el año, la base es $1.623.500.
  • Aplicando la fórmula: (1.623.500 x 360) / 360 = 1.623.500.

En este caso, el trabajador recibiría el equivalente a un salario mensual completo.

Si solo trabajó 180 días, el cálculo sería:

(1.623.500 x 180) / 360 = 811.750.

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Prima de servicios: fórmula y fechas de pago 2025

La prima de servicios es una prestación que reconoce el aporte del trabajador a la empresa. Se paga dos veces al año y es un derecho irrenunciable. Es una prestación social, regulada en el artículo 306 del Código Sustantivo del Trabajo. 

El empleador está obligado a pagar a su empleado o empleados, la prestación social denominada prima de servicios que corresponderá a 30 días de salario por año, el cual se reconocerá en dos pagos, así: la mitad máximo el 30 de junio y la otra mitad a más tardar los primeros veinte días de diciembre.

Su reconocimiento se hará por todo el semestre trabajado o proporcionalmente al tiempo trabajado. Se calcula sobre los días efectivamente laborados en el semestre y su base salarial debe incluir todos los pagos constitutivos de salario (no únicamente sueldo y auxilio).

¿Cuándo se paga la prima en Colombia?

  • Primera cuota: máximo el 30 de junio.
  • Segunda cuota: máximo el 20 de diciembre.

El incumplimiento de estas fechas puede acarrear sanciones económicas para el empleador.

Fórmula para liquidar la prima

La fórmula es sencilla:

Prima de servicios = (Salario base x Días trabajados en el semestre) / 360

El salario base corresponde al sueldo más el auxilio de transporte si el trabajador gana hasta dos salarios mínimos ($2.847.000 en 2025).

Ejemplo práctico con salario mínimo 2025

Un trabajador con salario mínimo más auxilio de transporte tiene una base de $1.623.500.

  • Si laboró todo el semestre (180 días):
    (1.623.500 x 180) / 360 = 811.750.

En este caso, recibiría $811.750 en junio y $811.750 en diciembre, para un total anual de $1.623.500.

Si solo trabajó 90 días en un semestre, el valor sería:

(1.623.500 x 90) / 360 = 405.875.

Vacaciones en Colombia: derecho al descanso remunerado

Las vacaciones son un período de descanso obligatorio que busca garantizar la salud física y mental del trabajador. Según el artículo 186 del Código Sustantivo del Trabajo, corresponden a 15 días hábiles consecutivos por cada año trabajado. “Los trabajadores que hubieren prestado sus servicios durante un año tienen derecho a quince (15) días hábiles consecutivos de vacaciones remuneradas”.

¿Cómo se liquidan las vacaciones en Colombia?

Se calculan con la siguiente fórmula:

Vacaciones = (Salario base x Días trabajados) / 720

El salario base corresponde al sueldo ordinario, sin incluir auxilio de transporte, horas extras ni recargos.

Ejemplo con salario mínimo 2025

Un trabajador con salario de $1.423.500 y un año completo de servicio tendría derecho a:

(1.423.500 x 360) / 720 = 711.750.

Ese es el valor de las vacaciones correspondientes a 15 días hábiles.

Si solo trabajó medio año (180 días), el cálculo sería:

(1.423.500 x 180) / 720 = 355.875.

¿Cuándo se pagan las vacaciones en Colombia?

Aunque la ley no fija un plazo específico, en la práctica se recomienda pagarlas antes de iniciar el período de descanso. Así, el trabajador puede disponer del dinero durante sus días libres.

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Resumen práctico de las fórmulas para liquidar cesantías, primas y vacaciones en Colombia

Para mayor claridad, estas son las fórmulas que aplican en 2025:

  • Cesantías: (Salario base x Días trabajados) / 360
  • Prima de servicios: (Salario base x Días trabajados en el semestre) / 360
  • Vacaciones: (Salario base x Días trabajados) / 720

Con estas fórmulas, tanto empleadores como trabajadores pueden calcular de manera sencilla los valores que corresponden según la ley.

Preguntas frecuentes sobre cesantías, primas y vacaciones en Colombia

1. ¿Qué son las cesantías y cómo se pagan en Colombia?

Las cesantías en Colombia son una prestación social que funciona como un ahorro obligatorio a favor del trabajador y tienen como objetivo brindarle un respaldo económico en caso de quedar desempleado o para usos específicos como vivienda y educación. Corresponden a un salario por cada año trabajado, o proporcional al tiempo laborado, y deben liquidarse anualmente con corte al 31 de diciembre para ser consignadas en el fondo de cesantías del empleado antes del 14 de febrero del año siguiente. En caso de terminación del contrato, el empleador debe pagarlas directamente al trabajador el mismo día de la liquidación, sin importar la causa de finalización del vínculo laboral.

2. ¿Cuándo se deben pagar las primas en Colombia?

En Colombia, la prima de servicios se paga en dos momentos específicos del año: la primera cuota debe cancelarse a más tardar el 30 de junio, correspondiente al trabajo realizado en el primer semestre, y la segunda cuota debe pagarse máximo el 20 de diciembre, por el segundo semestre. Estos plazos están establecidos en el Código Sustantivo del Trabajo y su incumplimiento puede generar sanciones para el empleador.

3. ¿Cuántos son los días de vacaciones por ley en Colombia?

Según el Código Sustantivo del Trabajo, en Colombia todo trabajador que complete un año de servicios tiene derecho a 15 días hábiles consecutivos de vacaciones remuneradas, es decir, un período de descanso obligatorio que no incluye domingos ni festivos. Este tiempo también se puede liquidar de manera proporcional si el contrato tiene una duración inferior a un año.

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