Agosto es uno de los meses más importantes del calendario tributario colombiano.
Durante este periodo coinciden varios vencimientos definidos por la DIAN, entre ellos el inicio del calendario de la Declaración de Renta para personas naturales, además de obligaciones como la retención en la fuente, la actualización del Registro Único de Beneficiarios Finales (RUB) y el impuesto nacional a la gasolina y al ACPM.
Cumplir con estas fechas no solo evita sanciones e intereses por mora, sino que también permite mantener al día las obligaciones fiscales y reducir el riesgo de inconvenientes con la autoridad tributaria. Por eso, conocer qué impuestos vencen durante agosto y preparar con anticipación la información necesaria puede marcar la diferencia entre una gestión ordenada y costos adicionales por incumplimientos.
La actualización del RUB abre el calendario tributario del mes
La primera obligación que deben revisar algunos contribuyentes es la actualización del Registro Único de Beneficiarios Finales (RUB). De acuerdo con el calendario tributario establecido en el Decreto 2229 de 2023, el plazo para realizar esta actualización vence el 3 de agosto de 2026.
Sin embargo, no todos los obligados deberán presentar información durante este periodo. Si en el segundo trimestre de 2026 no hubo cambios en los beneficiarios finales reportados anteriormente, no será necesario realizar una nueva actualización.
Por el contrario, si se presentaron modificaciones relacionadas con la composición accionaria, participación de socios u otra información que afecte el registro, la actualización deberá efectuarse antes del vencimiento para evitar incumplimientos.
Agosto marca el inicio de la Declaración de Renta para personas naturales
Uno de los vencimientos más esperados del año comienza durante agosto con la Declaración de Renta de personas naturales. Entre el 12 y el 31 de agosto de 2026, deberán presentar la declaración correspondiente al año gravable 2025 las personas cuyos dos últimos dígitos del NIT estén comprendidos entre el 01 y el 26.
La programación de agosto quedó establecida así:
- 01 y 02: 12 de agosto.
- 03 y 04: 13 de agosto.
- 05 y 06: 14 de agosto.
- 07 y 08: 18 de agosto.
- 09 y 10: 19 de agosto.
- 11 y 12: 20 de agosto.
- 13 y 14: 21 de agosto.
- 15 y 16: 24 de agosto.
- 17 y 18: 25 de agosto.
- 19 y 20: 26 de agosto.
- 21 y 22: 27 de agosto.
- 23 y 24: 28 de agosto.
- 25 y 26: 31 de agosto.
Los vencimientos continúan durante septiembre y octubre, de acuerdo con los dos últimos dígitos del NIT del contribuyente.
¿Quiénes deben presentar la Declaración de Renta en 2026?
No todas las personas naturales están obligadas a declarar renta. La obligación depende de si durante el año gravable se superaron algunos de los topes definidos por la legislación tributaria.
Deberán presentar la declaración quienes hayan tenido ingresos brutos iguales o superiores a 1.400 UVT ($69.719.000), quienes posean un patrimonio superior a 4.500 UVT ($224.096.000) o quienes hayan realizado compras, consumos, consignaciones, inversiones financieras o movimientos bancarios superiores a 1.400 UVT ($69.719.000).
También deberán declarar las personas que hayan sido responsables del IVA al 31 de diciembre de 2025. Es importante tener presente que estar obligado a declarar no significa necesariamente que exista un impuesto por pagar. La declaración permite determinar la situación tributaria del contribuyente y establecer si existe un saldo a cargo, un saldo a favor o simplemente el cumplimiento de una obligación formal.
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Retención en la fuente: otro vencimiento importante en agosto
Además de la Declaración de Renta, durante agosto también deberán cumplir con sus obligaciones los agentes de retención y autorretenedores del impuesto sobre la renta. Entre el 12 y el 26 de agosto de 2026 deberán presentar la declaración correspondiente al mes de julio de 2026 y efectuar el pago de las retenciones y autorretenciones practicadas.
En este caso, la fecha exacta depende del último dígito del Número de Identificación Tributaria (NIT), por lo que resulta indispensable consultar el calendario oficial para identificar el día de vencimiento correspondiente. Cumplir dentro del plazo evita sanciones por extemporaneidad e intereses de mora, además de facilitar el adecuado cumplimiento de las obligaciones fiscales de la empresa.
El pago del impuesto nacional a la gasolina y al ACPM
Otro de los impuestos nacionales con vencimiento durante agosto es el impuesto nacional a la gasolina y al ACPM. Los responsables de este tributo deberán presentar y pagar la declaración correspondiente al mes de julio de 2026 hasta el 18 de agosto de 2026.
A diferencia de otras obligaciones tributarias, este vencimiento no depende del NIT del contribuyente, por lo que todos los responsables cuentan con la misma fecha límite para cumplir con la presentación y el pago.
Realizar este trámite dentro del plazo establecido evita la aplicación de sanciones e intereses que pueden incrementar el valor final de la obligación.
Cómo evitar sanciones durante el calendario tributario de agosto en Colombia
Gran parte de las sanciones tributarias pueden prevenirse mediante una adecuada organización de la información contable y tributaria. Esperar hasta el último día para preparar una declaración incrementa el riesgo de errores, dificultades técnicas o falta de documentos que retrasen la presentación.
Para reducir estos riesgos es recomendable:
- Revisar el calendario tributario desde el inicio del mes.
- Confirmar las fechas de vencimiento según el NIT cuando aplique.
- Verificar previamente la información financiera y contable.
- Tener lista la documentación necesaria para cada obligación.
- Presentar las declaraciones con anticipación y no esperar al último día.
Una gestión organizada facilita el cumplimiento de las obligaciones tributarias y disminuye el riesgo de sanciones por parte de la DIAN. Además, contar con un software contable que centralice la información financiera, automatice procesos y genere reportes oportunamente puede simplificar la preparación de la Declaración de Renta y de los demás impuestos nacionales que vencen durante agosto.
Preguntas frecuentes sobre el pago de impuestos en agosto de 2026
1- ¿Qué impuestos vencen durante agosto de 2026 en Colombia?
Durante agosto vencen varias obligaciones tributarias, entre ellas la actualización del Registro Único de Beneficiarios Finales (RUB), la retención en la fuente correspondiente a julio, el impuesto nacional a la gasolina y al ACPM, y el inicio del calendario de la Declaración de Renta para personas naturales.
2- ¿Cómo puedo saber cuál es mi fecha para presentar la Declaración de Renta?
La fecha depende de los dos últimos dígitos de tu Número de Identificación Tributaria (NIT). La DIAN establece un calendario de vencimientos que inicia en agosto y continúa durante los meses siguientes, por lo que es importante verificar el día que corresponde a tu identificación.
3- ¿Qué pasa si presento una declaración después del vencimiento?
Presentar una declaración fuera del plazo puede generar sanciones por extemporaneidad, intereses de mora y otros costos adicionales establecidos por la DIAN. Por eso, se recomienda preparar la información con anticipación y no esperar al último día para cumplir con la obligación.
4- ¿Cómo facilita un software contable el cumplimiento de estas obligaciones?
Un software contable como Nilo App permite mantener la información financiera organizada, automatizar registros, generar reportes y consultar datos en menor tiempo. Esto facilita la preparación de declaraciones tributarias y ayuda a reducir errores al momento de cumplir con los vencimientos establecidos por la DIAN.
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