Impuestos que debes declarar y pagar a la DIAN en marzo de 2026: fechas clave para no dejar pasar

Marzo es uno de los meses en los que más obligaciones tributarias se concentran en Colombia.

Para muchas empresas, contadores y emprendedores, este periodo implica preparar declaraciones, realizar pagos y enviar información a la DIAN dentro de plazos muy específicos.

Cumplir con estas responsabilidades a tiempo es clave para evitar sanciones, intereses por mora o inconvenientes administrativos. Por eso, conocer con anticipación qué impuestos deben declararse en marzo de 2026 y cuáles son sus fechas límite permite organizar mejor los procesos contables y mantener la operación del negocio en orden.

Durante este mes destacan obligaciones como la declaración del IVA bimestral, la retención en la fuente, el envío de nómina electrónica y la expedición de certificados de retención, entre otras responsabilidades fiscales. A continuación, repasamos los principales vencimientos del calendario tributario de marzo de 2026.

Declaración y pago del IVA bimestral enero y febrero de 2026

Uno de los impuestos más importantes que deben declararse en marzo es el IVA bimestral correspondiente al periodo enero – febrero de 2026. Este impuesto se presenta ante la DIAN mediante el formulario 300, en el que se reportan las ventas gravadas, el IVA generado y los impuestos descontables asociados a las compras o gastos del periodo.

Las fechas de vencimiento para esta obligación están programadas entre el 10 y el 24 de marzo de 2026, dependiendo del último dígito del NIT del contribuyente:

  • 10 de marzo: NIT terminado en 1
  • 11 de marzo: NIT terminado en 2
  • 12 de marzo: NIT terminado en 3
  • 13 de marzo: NIT terminado en 4
  • 16 de marzo: NIT terminado en 5
  • 17 de marzo: NIT terminado en 6
  • 18 de marzo: NIT terminado en 7
  • 19 de marzo: NIT terminado en 8
  • 20 de marzo: NIT terminado en 9
  • 24 de marzo: NIT terminado en 0.


Para evitar errores en la declaración, es importante revisar previamente la información contable del periodo, incluyendo facturas emitidas, compras registradas y los valores de IVA que pueden tomarse como descontables.

Retención en la fuente de febrero de 2026

Otra obligación importante que debe cumplirse en marzo es la declaración y pago de la retención en la fuente correspondiente al mes de febrero de 2026. Este reporte se realiza a través del formulario 350 y aplica para empresas y personas que actúan como agentes retenedores. La retención en la fuente funciona como un mecanismo de recaudo anticipado del impuesto sobre la renta y otros tributos.

Cada vez que una empresa realiza ciertos pagos -como honorarios, servicios o compras- debe aplicar una retención y luego reportarla a la DIAN. Las fechas de vencimiento para esta obligación coinciden con las del IVA bimestral, es decir, del 10 al 24 de marzo de 2026, según el último dígito del NIT.

Organizar estas dos declaraciones en el mismo calendario contable puede facilitar el proceso y reducir el riesgo de olvidar alguno de los vencimientos.

Envío de la nómina electrónica de febrero de 2026

El reporte de nómina electrónica es otra de las obligaciones fiscales que deben cumplirse durante marzo. Este sistema permite a las empresas informar a la DIAN los pagos realizados a sus trabajadores, incluyendo salarios, bonificaciones, deducciones y aportes a seguridad social.

La información correspondiente al mes de febrero de 2026 debe transmitirse a la DIAN a más tardar el 13 de marzo de 2026. Mantener la nómina electrónica al día es fundamental para garantizar que los costos laborales puedan ser reconocidos fiscalmente y para mantener la información tributaria actualizada ante la autoridad fiscal.

Anticipo bimestral por presencia económica significativa (PES)

Dentro de las obligaciones tributarias de marzo también se encuentra el anticipo bimestral por presencia económica significativa (PES). Este impuesto aplica a personas naturales no residentes o entidades no domiciliadas en Colombia que generan ingresos en el país a través de servicios digitales o actividades económicas que cumplen con los criterios establecidos por la normativa tributaria.

Para el periodo enero-febrero de 2026, el anticipo debe presentarse mediante el formulario 115, y la fecha límite para su cumplimiento es el 13 de marzo de 2026. Aunque no todas las empresas están sujetas a esta obligación, sí es relevante para plataformas digitales o compañías extranjeras que ofrecen servicios a usuarios en Colombia.

IVA para prestadores de servicios desde el exterior

Otra obligación importante dentro del calendario tributario de marzo corresponde a la declaración y pago del IVA para prestadores de servicios desde el exterior. Este impuesto aplica a empresas o plataformas internacionales que venden servicios gravados con IVA a consumidores en Colombia.

Para el periodo enero-febrero de 2026, la fecha límite para presentar y pagar esta declaración es el 13 de marzo de 2026, sin importar el número de NIT del contribuyente. Este mecanismo busca asegurar que los servicios digitales prestados desde otros países cumplan con las mismas obligaciones tributarias que los ofrecidos por empresas nacionales.

Expedición de certificados de retenciones del año gravable 2025

Durante marzo también se debe cumplir con la expedición de certificados de retención en la fuente correspondientes al año gravable 2025. Las empresas que practicaron retenciones deben emitir estos certificados a los contribuyentes a quienes se les aplicaron descuentos durante el año.

Estos documentos incluyen información sobre:

  • Retenciones a título de renta
  • Retenciones por pagos laborales
  • Retenciones por conceptos distintos a los pagos laborales
  • Retenciones relacionadas con el gravamen a los movimientos financieros.


La obligación está establecida en el
artículo 381 del Estatuto Tributario, y la fecha límite para entregar estos certificados es el 31 de marzo de 2026. Estos certificados son necesarios para que los contribuyentes puedan preparar correctamente su declaración de renta.

Otras declaraciones tributarias con vencimiento en marzo

Además de las obligaciones principales, existen otros impuestos que deben declararse durante marzo y que aplican a determinados sectores económicos.

Entre ellos se encuentran:

  • Impuesto nacional a la gasolina
  • Impuesto al ACPM
  • Impuesto nacional al carbono
  • Impuesto a bebidas ultraprocesadas azucaradas
  • Impuesto a productos comestibles ultraprocesados


En estos casos, el
vencimiento general está establecido para el 13 de marzo de 2026. Las empresas que operan en estos sectores deben revisar con atención sus responsabilidades fiscales para evitar omisiones o sanciones.

Organización contable para cumplir con los impuestos ante la DIAN

Cumplir con el calendario tributario no solo depende de conocer las fechas de vencimiento. También requiere mantener una organización adecuada de la información contable y tributaria del negocio.

Algunas prácticas que ayudan a evitar problemas con las obligaciones fiscales incluyen:

  • Revisar el calendario tributario desde el inicio del mes
  • Mantener actualizados los registros contables
  • Verificar la correcta emisión de facturación electrónica
  • Preparar con anticipación las declaraciones tributarias
  • Revisar periódicamente las retenciones practicadas.


Hoy en día, muchas empresas también recurren a herramientas tecnológicas que facilitan estos procesos. Los sistemas de facturación electrónica y gestión contable permiten centralizar la información financiera, generar reportes tributarios y mantener al día las obligaciones ante la DIAN.

Cumple a tiempo con el envío de información laboral a la DIAN y evita errores en tus reportes.

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