Nómina electrónica: cuatro errores que debe evitar – Artículo de la Revista Semana

La revista Semana publicó un artículo sobre los errores que se deben evitar a la hora de implementar el sistema de Nómina Electrónica. Los principales errores que se cometen están relacionados con la falta de búsqueda de información. Las personas que deben cumplir con esta norma no tienen el conocimiento adecuado sobre si es necesario o no presentar la nómina electrónica y tampoco las fechas de implementación estipuladas por el gobierno. Por otra parte, no saben qué información debe incluir el documento ni los pasos a seguir. Con este artículo será más fácil para los usuarios no cometer esos “errores comunes” y diligenciar su implementación correctamente y a tiempo. 

Luego de que en 2020 se reglamentara e iniciara la facturación electrónica en Colombia, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) ha avanzado en la implementación de la Nómina Electrónica, como parte de la transformación digital del país.

Se trata de un documento que funciona como soporte de los costos y deducciones en el impuesto sobre la renta y complementarios, así como de los impuestos descontables en el impuesto sobre las ventas (IVA) de ser el caso, los cuales se derivan de los pagos o abonos relacionados con la nómina.

Puesto que su implementación será obligatoria, la consultora experta en servicios outsourcing de nómina BDO explica cuáles son los principales errores que se deben evitar al generar este documento.

 

1. Desconocer si está obligado a presentar Nómina Electrónica

Están obligados a generar este documento las empresas y/o contribuyentes que hagan pagos o abonos en cuenta, por una vinculación laboral, legal o reglamentaria y pagos a pensionados a cargo, las cuales requieran utilizar estos pagos como soporte de los costos y deducciones en el impuesto sobre la renta y complementarios e impuestos descontables.

2. No tener presente las fechas de implementación

El servicio informático para la nómina electrónica estará disponible para todas las empresas a partir del 31 de mayo de 2021. La DIAN entregó un calendario de implementación con las fechas específicas según el número de empleados.

  • Empresas con más de 251 empleados: 1.º de julio de 2021.

  • Empresas con entre 101 y hasta 250 empleados: 1.º de agosto de 2021.

  • Empresas con entre 11 y hasta 100 empleados: 1.º de septiembre de 2021.

  • Empresas con entre 4 y hasta 10 empleados: 1.º de octubre de 2021.

  • Empresas entre 2 y hasta 3 empleados: 1.º de noviembre de 2021.

  • Empresas o personas naturales con 1 empleado: 1.º de diciembre de 2021.

  • Sujetos no obligados a expedir factura electrónica: 31 de mayo de 2022.

Hay que tener en cuenta que la fecha de habilitación será el 31 de marzo de 2022 y la fecha máxima de generación y transmisión del documento será hasta finales de mayo del mismo año.

Nuevos sujetos que deban generar el documento: aquellas empresas o personas naturales que deban emitir nómina electrónica, con posterioridad a la entrada en vigor de la resolución, disponen de un plazo de dos meses para hacerlo, a partir de la realización de los pagos o abonos. 

Luego de la primera emisión, los sujetos obligados tendrán plazo durante los diez primeros días calendario del mes siguiente al de la nómina para transmitir los documentos de nómina electrónica. Cabe resaltar que se debe presentar uno por cada empleado de nómina.

La DIAN se encargará de verificar la información y generar el documento electrónico con su validación o rechazo.

 

3. No saber qué información debe llevar el documento

El documento debe estar nombrado expresamente como “documento soporte de pago de nómina electrónica”. Este tiene que incluir la siguiente información: los apellidos, nombre o razón social; número de identificación del sujeto obligado a presentar nómina electrónica; los apellidos, nombres y número de identificación del beneficiario del pago.

Asimismo, debe tener el código único de documento soporte de pago de nómina electrónica (CUNE) y la numeración consecutiva asignada por el sujeto obligado a generar el documento electrónico.

De igual forma, se tienen que incluir valores como: el total devengado, el total deducido y el total, es decir, la diferencia entre el valor devengado y el valor deducido.

El documento, además, debe llevar: la fecha y hora de generación; la firma digital del sujeto obligado; el apellido, nombre o razón social; número de identificación del proveedor tecnológico y la identificación del software.

4. No seguir los pasos del proceso

Es importante tener claridad sobre el proceso de generación de nómina electrónica para que no se escape ningún detalle.

En primer lugar, se debe ingresar al servicio informático de validación previa de factura electrónica de venta. Allí se encontrará la opción de otros documentos electrónicos, donde se deberá escoger la funcionalidad del documento soporte de pago de nómina electrónica.

Luego, habrá que indicar el o los medios de operación a través de los cuales realizará la generación, transmisión y validación del documento.

Asimismo, registrar en el sistema de facturación la información del o los softwares a través de los que se hará la generación, transmisión y validación del documento.

Empresarios recomiendan automatizar algunos procesos dentro de una compañía, puesto que ello permite tener exactitud y, en términos de liquidación de nómina, ahorrar recurso humano, tiempo y fomentar la productividad a gran escala.

En Nilo App tenemos muy presente esta nueva regulación de la DIAN y estamos trabajando en brindarte una tecnología para que cumplas con estos requerimientos. ¡Espéralo muy pronto!

Artículo tomado de la Revista Semana. 

Recibe asesoría gratuita sobre facturación electrónica y cómo gestionar tus ventas de forma más ordenada e inteligente.

¡Ayuda gratis aquí!